Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA
NUMERO 1030.
En uso de las atribuciones que me confieren el artículo cuarentinueve de la Constitución del Estado, y los artículos 82, 83 y 84 de la ley de rentas internas,
D E C R E T O :
Artículo 1.- Queda autorizada la emisión de las especies timbradas siguientes:
Setecientos cincuenta mil (750.000) sellos de correos del tipo de 3 centavos, diseño Puente "Generalísimo Trujillo";
Quinientos mil (500.000) sellos de correos, del tipo de 1 centavo, diseño Puente "Generalísimo Trujillo";
Doscientos cincuenta mil (250.000) sellos de correos, del tipo de 1/2 centavo, diseño Puente "Generalísimo Trujillo";
Cien mil (100.000) sellos de correos, del tipo de 10 centavos, para servicio aéreo internacional;
Cincuenta mil (50.000) sellos para documentos del tipo de 25 centavos; y
Veinte mil (20.000) sellos para documentos del tipo de $1.00.
DADO en el Palacio del Ejecutivo, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, el día primero del mes de Agosto del año mil novecientos treinta y cuatro.
RAFAEL L. TRUJILLO, Presidente de la República.
Refrendado: Lic. Porfirio Herrera, Secretario de Estado de la Presidencia.
Refrendado: Rafael Brache. Secretario de Estado de Hacienda.
Refrendado: Víctor Garrido, Secretario de Estado de Trabajo y Comunicaciones.
Licencia al Sr. Dr. Luis D. Santamaría Damirón para establecer una estación radiodifusora en la ciudad de Santo Domingo.- G. O. No. 4714, del 1º de Septiembre de 1934.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.