GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA. Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA.
NUMERO 1400.
En virtud de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución del Estado,
DECRETO
Artículo 1.-A partir del dia primero de octubre de mil novecientos treinta y cinco las multas que sean impuestas a los miembros del Ejército ingresarán en el Fondo General de la Nación.
Artículo 2.- Los Oficiales Comandantes al preparar las listas de pago, mensualmente, harán las anotaciones de las multas que hayan sido impuestas a los alistados, por la autoridad competente, a fin de que el Tesorero Nacional proceda a efectuar los descuentos en cobro de dichas multas.
DADO en la Mansión Presidencial, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los siete días del mes de octubre del año mil novecientos treinta y cinco.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona