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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1320

REMISION DE DOCUMENTOS Y EXPEDIENTES DE LAS OFICINAS Y DEPENDENCIAS DEL ESTADO AL ARCHIVO GENERAL DE...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 jul de 1935fecha
Otrostipo
G. O. 4910Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA. NUMERO 1320. En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarenta y nueve de la Constitución del Estado; VISTA la ley número 912, de organización del Archivo General. neral de la Nación, promulgada el día veintitres de mayo del año mil novecientos treinta y cinco; VISTO el decreto número 1316, por el cual se vota el reglamento interior del Archivo General de la Nación, de fecha 2 de julio del año mil novecientos treinta y cinco; DECRETO: Art. 1.— Todas las oficinas y dependencias del Estado, enviarán al Archivo General de la Nación, en la segunda quincena del mes de diciembre del año en curso, los documentos y expedientes que estuviesen depositados en sus archivos, siempre que tengan más de cinco años de concluida su tramitación o de inactividad. Art. 2.— A partir de la fecha del presente decreto, las oficinas y dependencias del Estado comenzarán a formular sus respectivos inventarios para hacer la entrega de los documentos y expedientes, en la fecha indicada, de acuerdo con las instrucciones contenidas en el artículo dos del reglamento interior del Archivo General de la Nación, votado por decreto número 1316 de fecha dos del mes de julio del año mil novecientos treinta y cinco. Art. 3.— Para los fines de la entrega que motiva este decreto, la Secretaría de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina, queda autorizada a dar las instrucciones pertinentes a las distintas oficinas, ciñéndose a la ley y reglamento sobre la materia. DADO en la Mansión Presidencial, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de julio del año mil novecientos treinta y cinco. RAFAEL L. TRUJILLO. Licencia al señor licenciado Enrique de Marchena para instalar y operar en la ciudad de Santo Domingo una estación radioeléctrica de aficionado.— G. O. No. 4826, del 28 de Agosto de 1935.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona