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Decreto

Decreto 836

NOMBRAMIENTO DEL SR. LIC. MARIO A. SAVIÑON COMO JUEZ INTERINO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 dic de 1933fecha
Designacióntipo
G. O. 4638Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
Nombramiento del Sr. Lic. Cayetano Armando Rodríguez como Procurador General de la República.--- G. O. No. 4638 del 23 de Diciembre de 1933. GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA. NUMERO 862. En uso de la atribución que me confiere el inciso 3º del artículo 49 de la Constitución del Estado, DECRETO: Art. UNICO:- El señor Licenciado Cayetano Armando Rodríguez queda nombrado Procurador General de la República, desde el 1º de Enero de 1934. DADO en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Residencia temporal del Poder Ejecutivo, a los veintitrés (23) días del mes de Diciembre del año mil novecientos treinta y tres. RAFAEL L. TRUJILLO, Presidente de la República. Refrendado: Jacinto B. Peynado, Secretario de Estado de la Presidencia. Nombramiento del Sr. Lic. Mario A. Saviñón como Juez interino de la Suprema Corte de Justicia.- G. O. No. 4638 del 23 de Diciembre de 1933. GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA. NUMERO 863. En uso de la atribución que me confiere el inciso 9º del artículo 49 de la Constitución del Estado; CONSIDERANDO que, con motivo de la renuncia del cargo de Juez de la Suprema Corte de Justicia, presentada por el señor Licenciado Cayetano Armando Rodríguez al ser designado Procurador General de la República, ocurre una vacante en ese Alto Tribunal y que actualmente está en receso el Congreso Nacional, DECRETO: Art. UNICO:- El señor Licenciado Mario A. Saviñón queda nombrado interinamente Juez de la Suprema Corte de Justicia, desde el 1º de Enero de 1934. DADO en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Residen- cia temporal del Poder Ejecutivo a los veintitrés (23) días del mes de Diciembre del año mil novecientos treinta y tres. RAFAEL L. TRUJILLO, Presidente de la República. Refrendado: Jacinto B. Peynado, Secretario de Estado de la Presidencia. Nombramiento del Sr. Lic. Salvador Otero Nolasco como Juez interino del Tribunal de Tierras.— G. O. No. 4638 del 23 de Diciembre de 1933. GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA. Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA NUMERO 864. En uso de la atribución que me confiere el inciso 9º del artículo 49 de la Constitución del Estado; CONSIDERANDO que, con motivo de la renuncia presentada por el señor Licenciado Mario A. Saviñón del cargo de Juez del Tribunal de Tierras, al ser designado Juez de la Suprema Corte de Justicia, ocurre una vacante en aquel Tribunal, y que actualmente está en receso el Congreso Nacional, DECRETO: Art. UNICO:— El señor Licenciado Salvador Otero Nolasco queda nombrado interinamente Juez del Tribunal de Tierras, desde el 1º de Enero de 1934. DADO en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Residencia temporal del Poder Ejecutivo, a los veintitrés (23) días del mes de Diciembre del año mil novecientos treinta y tres. RAFAEL L. TRUJILLO, Presidente de la República. Refrendado: Jacinto B. Peynado, Secretario de Estado de la Presidencia. Duelo oficial con motivo de la muerte del Sr. Lic. Ramón O. Lovatón, Procurador General de la República.— G. O. No. 4639 del 27 de Diciembre de 1933. GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA NUMERO 865. En uso de la atribución que me confiere el inciso tercero del artículo cuarentinueve de la Constitución del Estado;

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona