Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA.
NUMERO 1238.
CONSIDERANDO que, por decreto número 6-a, del 2 de septiembre de 1930, fué instituído el "Día del Ejército", como alto y elocuente estímulo para el espíritu del soldado y reconocimiento a su conducta leal, así como a su confraternidad y colaboración cada vez más eficiente y estrecha en todas las manifestaciones de la vida social, al amparo de los más puros ideales de la democracia;
CONSIDERANDO que originariamente fué señalado el día 24 de septiembre de cada año para la celebración de esta festividad emuladora;
CONSIDERANDO, sin embargo, que la fecha del 22 de junio está vinculada de manera estrechísima a la historia de los progresos que ha alcanzado nuestra institución militar en años recientes, por ser la fecha del día en que asumí el comando del Ejército, y punto de partida de la notable evolución que en todos los órdenes se ha operado en dicha institución, hasta llegar al grado de inmejorable organización, eficiencia, disciplina y cabal desempeño de su misión en la sociedad y en el Estado, que hoy es su más preciado galardón;
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso ter-
cero del artículo 49 de la Constitución del Estado,
D E C R E T O :
Artículo 1.—Se declara "Día del Ejército" el 22 de junio de cada año, el cual será celebrado dentro de los cuarteles, fortalezas, plazas, naves o apostaderos pertenecientes al Ejército y la Marina de la República.
Artículo 2.—El Alto Comando del Ejército formulará cada año, con la debida anticipación, el programa que ha de regir los actos que se verificarán en ese día.
Artículo 3.—Por el departamento correspondiente se concederá franquicia de comunicaciones a todos los miembros del Ejército.
Artículo 4.— Queda derogado el decreto número 6-a, del 2 de septiembre de 1930.
DADO en la Mansión Presidencial, en la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, el día seis de marzo del año mil novecientos treinta y cinco.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Exequátur al Sr. Arnold Fabre como Cónsul de la República de Haití en Dajabón.— G. O. No. 4783, del 6 de Abril de 1935.
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