Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. BENEFACTOR DE LA PATRIA.
NUMERO 823.
En uso de las facultades constitucionales de que estoy investido,
DECRETO:
Art. UNICO:— Autorizar la siguiente impresión de tickets para el servicio de la gasolina y grasa a los vehículos y motores en servicio oficial del Gobierno. conforme las estipulaciones del decreto No. 336, de fecha 27 del mes de Enero del año 1932.
PARA GASOLINA:.
100.000 (cien mil) tickets-segunda serie-cada uno de 2 (dos) galones de gasolina, numerados del número 1 (uno) al 100, 000 (cien mil), impresos en rojo y azul sobre cartulina color rosado, en tamaño de 2.3 4 x 1.3 4 (dos tres cuartos por uno tres cuartos), y en talones de 50 (cincuenta) galones.
10.000 (diez mil) tickets- tercera serie- cada uno de 5 (cinco) galones de gasolina, numerados del No. 1 (uno) al 10.000 (diez mil) impresos en color verde y rojo, sobre cartulina color rosado, en tamaño 2.3 4 x 1.3 4 (dos tres cuartos por uno tres cuartos), y en talones de 50 (cincuenta) galones.
3.000 (tres mil) tickets- tercera serie- cada uno de 10 (diez) galones de gasolina, numerados del No. 1 (uno) al 3.000 (tres mil) impresos en color morado y verde sobre cartulina color rosado, en tamaño 2.3 4 x 1.3 4 (dos tres cuartos por uno tres cuartos), y en talones de 100 (cien) galones.
PARA ACEITE DE TRASMISION O GRASA:
10.000 (diez mil) tickets- cuarta serie- cada uno de 1 (una) libra de aceite de trasmisión o grasa, numerados del No. 1 (uno) al 10.000 (diez mil), impresos en color negro y mamey sobre cartulina color amarillo y en tamaño 2.3 4 x 1.3 4 (dos tres cuartos por uno tres cuartos), y en talones de 10 (diez) libras.
DADO en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Residencia Accidental del Poder Ejecutivo, a los doce (12) días del mes de Septiembre del año mil novecientos treinta y tres.
RAFAEL L. TRUJILLO, Presidente de la República.
Refrendado: Jacinto B. Peynado, Secretario de Estado de la Presidencia.
Refrendado: Tulio M. Cestero, Secretario de Estado de Hacienda.
Contrato intervenido entre el administrador del Ferrocarril Central Dominicano y la Compañía Agrícola Dominicana, C. por A. para transportar carga.- G. O. No. 4610, del 20 de Septiembre de 1933.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.