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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 683

UNIFORME PARA LA POLICIA MUNICIPAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 mar de 1933fecha
Otrostipo
G. O. 4561Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
GENERAL RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 683. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 49, párrafo 3o., de la Constitución del Estado, dicto el siguiente REGLAMENTO DE UNIFORME PARA LA POLICIA MUNICIPAL DE LA REPUBLICA. UNIFORME DE SERVICIO PARA OFICIALES: GUERRERA: Será de tela de algodón, "mezclilla", de color azul, la misma que usa actualmente la Policía Municipal, de cuello recto de cuatro centímetros de altura con ribete negro que comenzará en su parte media con punta de bayoneta; a veinte milímetros del cierre, a ambos lados, se colocará un laurel y una palma de metal bronceado, en forma de corona, atravesado por dos barras, con las iniciales P. M., de una pulgada de alto por tres cuartos de ancho; abotonado al centro con cinco botones grandes bronceados con las iniciales P. M., colocados simétricamente a distancias proporcionales con la talla del individuo; llevará cuatro bolsillos, dos en la parte superior, de plastrón, y dos en la inferior, de fuelle, con tapa sujeta por un botón pequeño bronceado con las iniciales P. M., las hombreras serán del mismo material, cosidas en la unión del hombro con la manga y sujetadas en sus extremos superiores con botones pequeños bronceados con las iniciales P. M., boca-manga de paño negro de forma angular, de cuatro y media pulgadas de alto desde el vértice hasta el extremo inferior, de la manga; una banda de alpaca de medio centímetro de ancho rodeará la manga a una pulgada de la boca-manga. PANTALON: Tela igual a la de la guerrera, holgado en el asiento y parte superior de las piernas, ajustado en las rodillas y bajo éstas con aberturas al lado exterior desde la rodilla hacia abajo. Llevará botones en la abertura indicada y deberán ser de celuloide negro. BOTAS O POLAINAS: De piel, color negro, podrán ser usadas a elección del Oficial. ZAPATOS: Siempre altos, de piel color negro, de tacón claveteado. CORREAJE: Se considerará como parte del uniforme y deberá ser de color negro. KEPIS: De la misma tela del uniforme; con visera de piel color negro, rodeado de una cinta de satén negro acordonado, con un barboquejo de piel color negro de quince milímetros de ancho, sujeto por dos botones pequeños bronceados con las iniciales P. M., al frente, sobre el barboquejo, un laurel y una palma de metal dorado, en forma de corona, atravesado por dos barras, con las iniciales P. M., de una y tres cuartos pulgadas de alto por una y media de ancho. INSIGNIAS: (a) PRIMER COMISARIO: Llevará sobre cada uno de sus hombros, un escudo nacional, en metal blanco, del mismo estilo y forma del que actualmente está reglamentado. (b) SEGUNDO COMISARIO: Llevará sobre cada hombro el Escudo Nacional, en metal dorado, del mismo estilo y forma del que actualmente está reglamentado. (c) CAPITANES: Llevarán sobre cada uno de sus hombros tres barras de metal bronceado formando cada una un ángulo de 135 grados cuyos lados tendrán quince milímetros por cuatro de ancho, con el vértice hacia el extremo inferior y colocadas a distancia de cinco milímetros entre sí. (d) PRIMEROS Y SEGUNDOS TENIENTES: Dos barras de metal bronceado como las anteriores los Primeros Tenientes y una del mismo metal los Segundos Tenientes. ORNAMENTO: En la parte superior del pecho, lado izquierdo, una placa pequeña dorada en forma del Escudo Nacional, tendrá grabadas las palabras "Policía Municipal - República Dominicana" y contendrá el grado del Oficial. UNIFORME DE GALA PARA OFICIALES: GUERRERA: De dril blanco, será igual a la del uniforme de servicio, excepto el cuello que no llevará ribete negro y las mangas que no llevarán boca-manga negra ni banda de alpaca Se usarán en este uniforme botones y ornamentos dorados. PANTALON: De la misma tela de la guerrera, de corte recto. KEPIS: De dril blanco lavable; visera de charol negro; barboquejo de galón dorado de quince milímetros de ancho, sujeto por dos botones pequeños dorados. ZAPATOS: De piel o tela blanca; altos; de cordón, con tacón claveteado. UNIFORME PARA SARGENTOS, CABOS Y AGENTES: GUERRERA: De "mezclilla", de color azul; recta con cinco botones grandes al centro; dos bolsillos de plastrón, con cartera sujeta por un botón pequeño al centro; cuello recto de cuatro centímetros de alto con franja negra de cuatro centímetros de ancho; boca-manga de tela negra de forma angular, de cuatro pulgadas de alto desde el vértice hasta el extremo inferior de la manga; hombreras del mismo material, cosidas en la unión del hombro con la manga y abotonadas en sus extremos superiores con botones pequeños bronceados. La guerrera tendrá aberturas en ambos costados, a la altura de la cintura para por ellas sacar la funda para el revólver y el porta-macana. La abertura tendrá en su parte superior una cartera sin botón. PANTALONES: Iguales a los de los oficiales. POLAINAS: De cuero negro con correa circular. ZAPATOS: Altos, negros, sin puntera y con tacón claveteado. FUNDA PARA EL REVOLVER: De cuero negro, con tapa y broche. CINTURON: De cuero negro, de dos pulgadas de ancho, con corredera para 50 (cincuenta) cartuchos. KEPIS: De la misma tela, con visera negra, rodeado de una cinta negra de casimir de cuatro y medio centímetros de ancho; barboquejo de cuero negro, sujeto por dos botones pequeños bronceados; en el frente al centro llevará un laurel y una palma de metal plateado en forma de corona, atravesado por dos barras, con las iniciales P. M., donde llevará el número de orden. GALONES: Los Sargentos usarán un galón con tres barras en forma triangular, de un cuarto de pulgada de ancho a espacios de un cuarto de pulgada. Las barras serán de lanilla blanca, puestas sobre paño del mismo color de la guerrera. Los Cabos usarán dos barras, en la misma forma que la descrita anteriormente. ORNAMENTOS: Una placa en forma de Escudo Nacional de dos y media pulgadas de alto por dos y cuarto pulgadas de ancho, plateado, con la numeración de orden arriba y las iniciales P. M. debajo, en alto relieve. UNIFORME DE GALA: El mismo; nuevo en los días de Fiesta Nacional. DISTINTIVOS PARA POLICIAS EN SERVICIOS ESPECIALES: AGENTES DE TRANSITO: Rueda con alas, la rueda bordada con seda roja y las alas con seda blanca; una flecha bordada con seda amarilla atraviesa la rueda. AGENTES MONTADOS: El dibujo consiste de una cabeza de caballo en el centro de una rueda, la cual está bordada con seda amarilla y la cabeza del caballo con seda color marrón. DADO en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitres (23) días del mes de Marzo del año mil novecientos treinta y tres. RAFAEL L. TRUJILLO, Presidente de la República. Refrendado: Jacinto B. Peynado, Secretario de Estado de la Presidencia. Refrendado: Francisco E. Benzo, Subsecretario, Encargado de la Secretaría de Estado de lo Interior. Policía, Guerra y Marina. Carta de Naturalización del Sr. Gorge Dájer.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona