GENERAL RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA,
Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 652.
CONSIDERANDO: que es necesario que sean cumplidas estrictamente en todo el territorio nacional las disposiciones de la Ley No. 142 sobre construcciones, y
en uso de las facultades constitucionales de que estoy investido,
DECRETO:
Artículo 1.— Todos los empleados del Departamento de Obras Públicas que integran el Cuerpo técnico de aquel Departamento quedan investidos con el carácter de Inspectores de Construcciones y en tal virtud, se les autoriza y se les encarga de la inspección de las fábricas que se ejecutan en los lugares que abarcan sus funciones a fin de que todas estén ajustadas estrictamente a las disposiciones de la Ley No. 142, actualmente en vigor.
Artículo 2.— Estos Inspectores podrán suspender cualquier construcción que no se ejecute conforme a las disposiciones legales vigentes dando aviso inmediatamente al Ingeniero Asesor del Poder Ejecutivo.
DADO en Santiago de los Caballeros, Residencia Accidental del Poder Ejecutivo, a los once (11) días del mes de Febrero del año mil novecientos treinta y tres.
RAFAEL L. TRUJILLO,
Presidente de la República.
Refrendado:
Jacinto B. Peynado,
Secretario de Estado de la
Presidencia.
Refrendado:
Agustín Aristy,
Secretario de Estado de Sanidad,
Beneficencia y Obras Públicas.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona