JACINTO B. PEYNADO, Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 267.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el inciso tercero del artículo 49 de la Constitución del Estado;
VISTO el reglamento Nº 1331 para la preparación, venta y exportación del tabaco, de fecha 15 de julio de 1935;
DECRETO:
UNICO:— Queda reformado el artículo 5 del Reglamento Nº 1331 para la preparación, venta y exportación del tabaco, de fecha 15 de julio de 1935; para regir del modo siguiente:
"Art. 5.— Es obligatorio el empaque de tabaco para la exportación en envases de peso uniforme, de la manera siguiente:
En pacas de tela de yute de 60 kilos netos;
En pacas de esteras de guano de 60 kilos netos;
En serones de guano de 60 kilos netos.
No obstante, en los casos en que así lo solicite el comprador extranjero la Secretaría de Estado de Agricultura, Industria y Trabajo podrá autorizar el empaque en bultos de peso distinto al indicado".
DADO en Ciudad Trujillo, capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de abril del año mil novecientos treintinueve.
JACINTO B. PEYNADO.
Designación del ciudadano Emilio García Godoy como Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la República en Cuba.— G. O. Nº 5308, del 9 de Mayo de 1939.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona