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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 230

MODIFICACION DEL TERCER ACAPITE DEL ART. 134 DE LA LEY ELECTORAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 abr de 1924fecha
Otrostipo
G. O. 3529Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
de ultrajes y violencias contra los miembros de la Junta Central Electoral en el ejercicio de sus funciones, o a causa de este ejercicio. Es de la competencia de la Corte de Apelación en cuya jurisdicción se cometa el ultraje o la violencia, el conocimiento de una manera sumaria en primera y última instancia, de estas infracciones. Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los diez días del mes de Abril del año mil novecientos veinticuatro. J. B. VICINI BURGOS. Refrendado: Rafael Rincón, Secretario de Estado de lo Interior y Policía. Refrendado: J. Furcy Castellanos F., Secretario de E. de Justicia é Instrucción Pública. Refrendado: J. Arismendi Robiou, Sub-Secretario de Estado de lo Interior y Policía. JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS, Presidente Provisional de la República Dominicana. G. O. No. 3529. NUMERO 230. En virtud de los poderes de que estoy investido, DECRETO: Art. 1.- Se modifica el tercer acápite del Art. 134 de la Ley Electoral, del modo siguiente: "Cuando el Secretario de la Junta Central Electoral haya recibido un expediente de apelación, lo comunicará seguido al Presidente, quien fijará la fecha en que deba tener lugar la vista de la causa." Art. 2.— No se dará curso a ninguna impugnación o apelación que se presente tardíamente ante una Junta Electoral cualquiera. Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los diez días del mes de Abril del año mil novecientos veinticuatro. J. B. VICINI BURGOS Refrendado: Rafael Rincón, Secretario de Estado de lo Interior y Policía. Refrendado: J. Furcy Castellanos F., Secretario de Estado de Justicia é Instrucción Pública. Refrendado: J. Arismendi Robiou, Sub-Secretario de Estado de lo Interior y Policía. JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS, Presidente Provisional de la República Dominicana. G. O. No. 3530.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona