Texto de la norma
todo el territorio de la República, desde el día 14 de Marzo en curso a las 6 a. m., hasta el día 16 del mismo mes a las 6 a. m.
Artículo 2.-- Las personas que contravinieren esta disposición serán castigadas de conformidad con el Art. 480 del Código Penal.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los siete días del mes de Marzo del año mil novecientos veinticuatro.
J. B. VICINI BURGOS.
Refrendado:
Rafael Rincón,
Secretario de Estado de lo
Interior y Policía.
Refrendado:
J. Furcy Castellanos F.,
Secretario de E. de Justicia
é Instrucción Pública.
Refrendado:
J. Arismendi Robiou,
Sub-Secretario de Estado de lo
Interior y Policía.
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS,
Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3518.
NUMERO 178.
En virtud de los poderes de que estoy investido,
DECRETO:
1.-- El día de las Elecciones los Secretarios o escribientes
de las Mesas Electorales no tendrán que hacer anotaciones de número de Cédulas Electorales o de Certificados de Solicitud de Inscripción en el libro de votaciones, de modo que los encasillados (c) y (d) de dichos libros deberán permanecer en blanco.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los ocho días del mes de Marzo del año mil novecientos veinticuatro.
J. B. VICINI BURGOS.
Refrendado:
Rafael Rincón,
Secretario de Estado de lo
Interior y Policía.
Refrendado:
J. Furcy Castellanos F.,
Secretario de Estado de Justicia
é Instrucción Pública.
Refrendado:
J. Arismendi Robiou,
Sub-Secretario de Estado de lo
Interior y Policía.
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS,
Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3518.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.