Texto de la norma
Junta Municipal Electoral de Monte Plata, en reemplazo de Florentino Reyes;
Enrique Castillo, 1er. Vocal de la Junta Municipal Electoral de Comendador, en reemplazo de Emilio Rodríguez;
Ovidio A. Pérez, Sustituto Secretario de la Junta Municipal Electoral de Sánchez, en reemplazo de Niño Portolatín; y
Ramón Berroa, Sustituto Secretario de la Junta Municipal Electoral de San Pedro de Macorís, en reemplazo de Manuel de J. Carbuccia.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República, a los nueve días del mes de Febrero del año mil novecientos veinticuatro.
J. B. VICINI BURGOS.
Refrendada:
Rafael Rincón, Secretario de Estado de lo Interior y Policía.
Refrendada:
J. Furcy Castellanos F., Secretario de E. de Justicia é Instrucción Pública.
Refrendada:
J. Arismedi Robiou, Sub-Secretario de Estado de lo Interior y Policía.
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS, Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3509.
NUMERO 148.
En virtud de los poderes de que estoy investido,
DECRETO:
ARTICULO 1º.— Las Juntas Municipales Electorales debe-
rán reunirse diariamente, de acuerdo con lo establecido por el artículo 80 de la Ley Electoral, no menos de seis horas para los fines que indica dicha Ley.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los nueve días del mes de Febrero del año mil novecientos veinticuatro.
J. B. VICINI BURGOS.
Refrendado:
Rafael Rincón,
Secretario de Estado de lo
Interior y Policía.
Refrendado:
J. Furcy Castellanos F.,
Secretario de E. de Justicia
é Instrucción Pública.
Refrendado:
J. Arismendi Robiou,
Sub-Secretario de Estado de lo
Interior y Policía.
JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS,
Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3510.
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