Texto de la norma
GENERALISIMO RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA,
Presidente de la República Dominicana.
BENEFACTOR DE LA PATRIA.
NUMERO 1140.
POR CUANTO los señores Licdo. Eduardo Vicioso, Luis
Rodríguez (a) Parrita, Michel Baik, Ramón Vásquez Rivera y
Luis Aristides García y García, quienes están cumpliendo con-
denas que les han sido impuestas por Tribunales de la Repúbli-
ca, han elevado solicitud de ser indultados, manifestando su
arrepentimiento por haber atentado contra la paz de la Nación
y el Gobierno legalmente constituido;
CONSIDERANDO que como Jefe del Estado debo dar a
esos señores oportunidad para que demuestren que es sincero
el arrepentimiento que confiesan y de que se reintegren a la
vida ciudadana a prestar su cooperación en la labor de Recons-
trucción Nacional que persigue mi Gobierno,
En ejercicio de la atribución que me confiere el inciso 22
del artículo 49 de la Constitución del Estado,
D E C R E T O :
Artículo Unico.— Conceder a los señores Licdo. Eduardo
Vicioso, Luis Rodríguez (a) Parrita, Michel Baik, Ramón Vás-
quez Rivera y Luis Aristides García y García el indulto de la
pena que no han agotado.
DADO en la ciudad de Santiago de los Caballeros, residen-
cia accidental del Poder Ejecutivo, a los veintitres días del mes
de Diciembre del año mil novecientos treinta y cuatro.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Traslado de la residencia oficial del Presidente de la República a la
ciudad de Santo Domingo.— G. O. No. 4749, del 26 de Diciembre de 1934.
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