Texto de la norma
HORACIO VASQUEZ.
Presidente de la República Dominicana.
G. O. No. 3724.
NUMERO 282.
En ejercicio de mis atribuciones constitucionales,
VISTO el expediente elevado a la Secretaría de Estado de Fomento y Comunicaciones por el Gobernador de la Provincia del Seybo, en el cual consta que en fecha ocho de Setiembre del año en curso, el señor Charles Pelletier, de este domicilio y residencia, presentó denuncia ante dicha Gobernación, de haber descubierto una mina que contiene Manganeso, en distintas formas geológicas, en terrenos de propiedad indivisa, ubicados en el sitio comunero de Almirante, sección de los Dos Ríos, común de Hato Mayor, Provincia del Seybo, terrenos que abarcan una extensión superficial de mil ciento diez hectáreas y se hallan comprendidos dentro de los siguientes límites: Empezando en la confluencia de los Ríos Casuí y Almirante en el punto indicado en un plano adjunto, con la letra A. poste de concreto, y levantando el desarrollo del Almirante con 6787 metros hasta el punto B.; poste de concreto; desde este punto con dirección Oeste franco astronómico midiendo 4252 metros hasta el punto C. poste de concreto, a la orilla del Río Casuí, siguiendo ese Río hasta abajo con un desarrollo de 4635 metros, hasta la confluencia o punto de partida A.
ATENDIENDO a que del exámen de dicho expediente resulta que se han llenado todas las formalidades requeridas al efecto por la Ley y Reglamento de la materia, no existiendo ningún impedimento legal al otorgamiento de la concesión de minas que se solicita;
En uso de las facultades que me confiere la Constitución del Estado y en virtud del Artículo 40. de la Ley de Minas del 8 de Junio de 1910 en vigor;
DECRETO:
Art. Unico:—Conceder, como por el presente concedo, Titu-
lo de Pertenencia al señor Charles Pelletier para explorar la misma que ha denominado "Georges", cuyos límites quedan determinados anteriormente, debiendo el señor Charles Pelletier o quien sus derechos hubiere o representare, sujetarse en todo a la Ley y Reglamento de Minas vigentes para los efectos de esta Concesión.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los 24 días del mes de Noviembre de 1925.
HORACIO VASQUEZ,
Presidente de la República.
Refrendado:
Andrés Pastoriza,
Secretario de Estado de Fomento
y Comunicaciones.
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