Texto de la norma
Núm. 2410. DECRETO del P. de la R. disponiendo tres días de duelo nacional con motivo de la muerte del ministro ciudadano José de Jesús Castro. (1)
Dios, Patria y Libertad. República Dominicana. Alejandro Wos y Gil, general de división del ejército nacional y Presidente de la República.
Habiendo fallecido el ciudadano José de Jesús Castro, Ministro de Relaciones Exteriores de la República,
(1) Con motivo del fallecimiento del ciudadano José de Jesús Catro, convino el Gobierno Nacional, en que se encargará de continuar la publicación de esta obra, el señor Domingo Rodríguez Montaño, que como deudo político del finado había tenido ingerencia en ella.
DECRETO:
Art. 1º Dispónense tres días de duelo nacional en honra del alto Magistrado.
§ Estos tres días serán en la capital el de la fecha, el 15 y 16 subsiguientes, y en las demás poblaciones de la República los días 23, 24 y 25 del corriente mes.
Art. 2º Los Secretarios de Estado respectivos tomarán todas las providencias que el caso requiere, para que el duelo tenga cumplido efecto.
Art. 3º Los funerales del difunto se harán por cuenta del Estado.
Dado en Santo Domingo, capital de la República, á los 14 días del mes de noviembre de 1885, año 42 de la Independencia y 22 de la Restauración.—A. Wos y Gil.
Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía, encargado de los Despachos de Relaciones Exteriores, A. Deetjen.
Refrendado: El Ministro de Guerra y Marina, encargado de los Despachos de Justicia, Fomento é Instrucción Pública, Sebastián E. Valverde.
Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio, R. R. Boscowitz.
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