Texto de la norma
GENERAL RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 73
VISTA la petición que, en fecha 13 de Noviembre del corriente año, dirige a la Secretaría de Estado de Justicia, Instrucción Pública y Bellas Artes el Señor Ismael Mateo, Presidente del Club "FARFAN", en la cual solicita la incorporación del mismo;
CONSIDERANDO que los estatutos del Club "FARFAN" reunen todas las condiciones exigidas por la Ley;
CONSIDERANDO, además, que la solicitud de incorporación está suscrita por funcionario competente y hecha en forma regular;
OIDO el parecer del Secretario de Estado de Justicia, Instrucción Pública y Bellas Artes, y visto el artículo 4 de la Ley sobre Asociaciones que no tienen por objeto un fin pecuniario,
DECRETA:
1.— Conceder la incorporación al Club "FARFAN", asociación establecida en Las Matas de Farfán por tiempo indefinido.
2.— Archivar el expediente relativo a esta incorporación en la Secretaría de Estado de Justicia, Instrucción Pública y Bellas Artes, previa publicación del presente Decreto en la Gaceta Oficial y comunicación del mismo a la asociación peticionaria.
Dado en la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la Repúbli-
ca, a los seis días del mes de Diciembre del año mil novecientos treinta.
RAFAEL L. TRUJILLO,
Presidente de la República.
Refrendado:
T. Pina Chevalier,
Secretario de Estado de la
Presidencia, interino.
Refrendado:
Licdo. J. B. Peynado,
Secretario de Estado de Justicia, Instrucción
Pública y Bellas Artes, Interino.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.