Texto de la norma
GENERAL RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 351.
CONSIDERANDO: que el individuo nombrado William P. Burke, cuya nacionalidad se ignora, no observa en este país una conducta irreprochablemente moral y legal como lo demuestra el hecho de haber sido condenado por la Alcaldía de la Primera Circunscripción de la Común de Santo Domingo en fecha 2 de Febrero del año en curso, por transgresiones al órden público;
CONSIDERANDO: que según dispone el artículo 7 de la Ley de Inmigración, el derecho del extranjero de residir en el país está subordinado a la obligación de observar una conducta irreprochablemente moral y legal y a que en caso de infracción a esta obligación, el extranjero infractor puede ser expulsado sin más formalidades que una decisión ejecutiva,
DECRETO:
Artículo 1.— Se expulsa del territorio nacional al individuo nombrado William P. Burke, en la forma establecida por el artículo 1o. de la Orden Ejecutiva No. 605.
Artículo 2.— El Departamento de Inmigración queda encargado del inmediato cumplimiento de este Decreto.
Dado en el Palacio del Ejecutivo, en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana a los Once (11) días del mes de Febrero del Año Mil Novecientos Treinta y Dos.
RAFAEL L. TRUJILLO, Presidente de la República.
Refrendado: Rafael Vidal, Secretario de Estado de la Presidencia.
Refrendado: Lic. Jacinto B. Peynado, Secretario de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina.
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