Texto de la norma
EL CONGRESO NACIONAL,
En Nombre de la República.
NUMERO 346.
VISTO el Inciso 2 del Artículo 33 de la Constitución:
RESUELVE:
ART. UNICO:— Aprobar, como por la presente Resolución
aprueba, con vista del informe aprobatorio de la Cámara de Cuen-
tas de la República, el estado de recaudación e inversión de las
rentas nacionales, correspondiente a la vigencia economica del
año 1931.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en San-
to Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticua-
tro días del mes de Mayo del año mil novecientos treinta y dos,
años 89º de la Independencia y 69º de la Restauración.
El Presidente,
Mario Fermín Cabral.
Los Secretarios:
J. M. Ildefonso.
Lorenzo E. Brea.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en
Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los vein-
ticuatro días del mes de Mayo del año mil novecientos treintidos,
años 89º de la Independencia y 69º de la Restauración.
El Presidente:
Miguel Angel Roca.
Los Secretarios:
M. A. Feliú.
A. Santiago Gómez.
Ejecútese, comuníquese y publíquese en todo el territorio
de la República, para su conocimiento y cumplimiento.
Dada en el Palacio del Ejecutivo, en Santo Domingo, Capi-
tal de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del
mes de Mayo del año mil novecientos treinta y dos.
RAFAEL L. TRUJILLO,
Presidente de la República.
Refrendado:
Jacinto B. Peynado,
Secretario de Estado de la
Presidencia.
Refrendado:
Santiago Michelena hijo,
Secretario de Estado de Hacienda.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.