GENERAL RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 445.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere la Constitución del Estado,
VISTO el artículo 74 de la Ley de Policía,
DECRETO:
Artículo 1.- Se declara Zona Agrícola toda la porción comprendida dentro del Distrito de Riego de Villa Vásquez, común de Monte Cristy, Provincia de Monte Cristy.
Artículo 2.- Los animales que actualmente están criándose fuera de cerca dentro de los límites de la porción mencionada en el artículo precedente, deberán extraerse de ellos por los dueños de dichos animales en el plazo de seis (6) meses a partir de la publicación del presente Decreto.
Dado en el Palacio del Ejecutivo, en Santo Domingo, Capital
de la República Dominicana a los veintiocho (28) días del mes de Mayo del año mil novecientos treinta y dos.
RAFAEL L. TRUJILLO, Presidente de la República.
Refrendado: Jacinto B. Peynado, Secretario de Estado de la Presidencia.
Refrendado: César Tolentino, Secretario de Estado de Agricultura y Comercio.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona