Texto de la norma
LIC. RAFAEL ESTRELLA UREÑA, Presidente de la República Dominicana.
NÚMERO 1269.
En ejercicio de mis atribuciones constitucionales.
VISTO el expediente elevado a la Secretaría de Estado de Fomento y Obras Públicas por el Gobernador de la Provincia de Barahona en el cual consta que en fecha 5 de Julio de 1926 el Sr. Esteban Nivar, del domicilio de la Ciudad de Santo Domingo, presentó denuncia ante dicha Gobernación de haber descubierto una mina cuyos yacimientos contienen petróleo, en terrenos comuneros y de particulares ubicados en las Comunes de Barahona y Cabral, Provincia de Barahona, y se hallan comprendidos dentro de los siguientes límites:— Partiendo del Punto A del plano que se acompaña, que es la desembocadura del Río Yaque del Sur y siguiendo al Este la Costa del Mar Caribe hasta el límite de la Provincia de Barahona, punto B; siguiendo el límite al Norte hasta el cruce del Río Yaque del Sur, punto C; de aquí Río abajo hasta la desembocadura del río punto A. La concesión se denominará Palo Alto.
ATENDIENDO a que del examen de dicho expediente resulta que se han llenado todas las formalidades requeridas al efecto por la Ley y el Reglamento de la materia, no existiendo ningún impedimento legal al otorgamiento de la concesión de minas que se solicita;
En uso de las facultades que me confiere la Constitución del
Estado y en virtud del Artículo Cuarto de la Ley de Minas del 8 de Junio de 1910, en vigor:
DECRETO:
ARTICULO UNICO:- Conceder, como por la presente concedo, Título de Pertenencia al Sr. Esteban Nivar para explotar la mina que ha denominado "Palo Alto", cuyos límites quedan determinados anteriormente, debiendo el Sr. Esteban Nivar, o quien sus derechos hubiere o representare, sujetarse en todo a la Ley y Reglamento de Minas vigentes para los efectos de esta Concesión.
Dado en la Ciudad de Santo Domingo, a los 29 días del mes de Marzo del año mil novecientos treinta.
LIC. RAFAEL ESTRELLA UREÑA, Presidente de la República.
Refrendado: Rafael Vidal, Secretario de Estado de la Presidencia.
Refrendado: Agustín Aristy, Secretario de Estado de Fomento y Obras Públicas.
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