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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1238

CONCEDER LA INCORPORACION AL CLUB DE DAMAS, SUJETA A LAS PRESCRIPCIONES DE LA LEY SOBRE ASOCIACIONES...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 ene de 1930fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 4175Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
HORACIO VASQUEZ, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 1238. VISTO el expediente encaminado a la Secretaría de Estado de Justicia e Instrucción Pública en fecha 14 de Octubre del año mil novecientos veintinueve, por la Señora Mercedes de Sosa, en su calidad de Presidente del "Club de Damas", asociación recreativa y cultural domiciliada en [domicilio omitido]; ATENDIENDO a que dicha solicitud es regular en la forma por venir acompañada de los documentos requeridos por la ley y estar suscrita por el funcionario de la asociación capacitado, según sus estatutos, para gestionar su incorporación; ATENDIENDO a que del examen de dichos estatutos resulta que la expresada asociación reune las condiciones exigidas por la ley. En virtud de lo que dispone el artículo 4o. de la ley sobre asociaciones que no tienen por objeto un beneficio pecuniario y oído el parecer del Secretario de Estado de Justicia e Instrucción Pública, DECRETA: 1.- Conceder la incorporación al "Club de Damas", sociedad recreativa y cultural fundada el 12 de Noviembre de 1904, y domiciliada en [domicilio omitido]. 2.- Archivar el mencionado expediente en la citada Secretaría de Estado, previa comunicación y envío de las copias certificadas correspondientes al peticionario y publicación del presente Decreto en la Gaceta Oficial. Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los diez días del mes de Enero del año mil novecientos treinta.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona