miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 349

PROROGAR HASTA EL 14 DE FEBRERO DE 1934 LA AUTORIZACION CONCEDIDA AL SEÑOR TIRSO COLON MORALES POR ...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 feb de 1932fecha
Otrostipo
G. O. 4438Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
GENERAL RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA, Presidente de la República Dominicana. NUMERO 349. VISTA la solicitud dirigida por el Señor Tirso Colón Morales al Poder Ejecutivo en fecha 22 de Enero de 1932 en la que pide le sea prorrogado el término en que por Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 14 de Febrero de 1930 se le autorizaba a establecer en la República servicios telefónicos y radiotelegráficos, urbanos, interurbanos e internacionales; y VISTA la Orden Ejecutiva No. 275, validada por el Congreso Nacional; VISTO el Decreto No. 1252 de Febrero 14 de 1930 del Poder Ejecutivo; En ejercicio de las atribuciones que me confiere la Ley de Telégrafos y Teléfonos, promulgada en fecha 25 de Abril de 1911, y en uso de mis facultades constitucionales, DECRETO: Art. Unico.— Prorrogar hasta el 14 de Febrero de 1934 la autorización concedida al Señor Tirso Colón Morales por el Decreto No. 1252 del Poder Ejecutivo de fecha 14 de Febrero de 1930 el cual se mantendrá vigente hasta aquella fecha. Dado en el Palacio del Ejecutivo, en Santo Domingo, Capi- tal de la República Dominicana a los Diez (10) días del mes de Febrero del Año Mil Novecientos Treinta y Dos. RAFAEL L. TRUJILLO, Presidente de la República. Refrendado: Rafael Vidal, Secretario de Estado de la Presidencia. Refrendado: T. Pina Chevalier, Secretario de Estado de Trabajo y Comunicaciones.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona