Vice-Presidente de la República
en funciones de Presidente.
G. O. No. 4159.
Número 1224.
EN USO de las atribuciones que me confiere el inciso 3o. del Artículo 49 de la Constitución Política del Estado,
DECRETO:
Art. 1.- Se modifica el Decreto No. 203 del 16 de julio del año 1925.
Art. 2o.- Se autoriza por el presente Decreto la importación de sacos que hayan sido utilizados en estado nuevo, por primera vez, en la exportación de maíz, en igual cantidad que la exportada y bajo una marca registrada en la Secretaría de Estado de Agricultura y Comercio, que permita su identificación en las Aduanas.
Párrafo 1o.- Cada embarque deberá venir acompañado de un certificado de fumigación otorgado por autoridad competente.
Párrafo 2.- Los Inspectores de frutos quedan autorizados a tomar todas las medidas de control necesarias para la fiel ejecución del presente Decreto.
DADO en Santo Domingo, Capital de la República, a los diecinueve días del mes de noviembre del año mil novecientos veintinueve.
Dr. J. D. Alfonseca, Vice--Presidente de la República en funciones de Presidente.
Refrendado: Luis Ginebra, Secretario de Estado de la Presidencia.
Refrendado: Rafael A. Espaillat, Secretario de Estado de Agricultura y Comercio.
Refrendado: M. Martín de Moya, Secretario de Estado de Hacienda.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona