Texto de la norma
GENERAL RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA,
Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 323.
VISTAS la Ley de Policía del 27 de Marzo de 1911, las Ordenes Ejecutivas Nros. 800, 809, 810 y 817 y el Reglamento General de Policía del 15 de Junio de 1923;
En uso de las facultades que me confiere la Constitución del Estado,
DECRETO:
Art. Unico.— A partir de esta fecha quedan modificados los siguientes artículos del Reglamento General de Policía vigente en la siguiente forma:
a) el artículo 95 con la adición del siguiente párrafo:
“A la Plana Mayor del Ejército pertenecerán, además de
los Oficiales que actualmente tiene asignados, un Mayor, Comandante del Puesto en la ciudad de Santo Domingo con su asiento en el Cuartel General de la Brigada, y todos los Oficiales graduados o que se gradúen en el futuro de Pilotos Aviadores. Los deberes a cumplir por los Pilotos Aviadores serán aquellos que les sean asignados por el Superior Comando del Ejército mediante órdenes.
“Art. 235.— b) el artículo 235 se leerá así:
“Los deberes a cumplir por el Comandante del Puesto, serán los siguientes:
1.— Nombrar diariamente el Oficial que deba desempeñar las funciones de Oficial del Día;
2.— Nombrar los Oficiales que deban salir de recorrida todas las noches;
3.— Velar porque se mantenga en completo estado de limpieza los recintos militares en la ciudad;
4.— Velar porque se mantenga la disciplina y organización en los recintos militares;
5.— Velar porque las órdenes que se dicten en la Fortaleza “Ozama” sean cumplidas a su debido tiempo y con exactitud, y demás deberes y órdenes que le trasmita el Cuartel General de la Brigada;
6.— Llevar una relación de todos los permisos para importar, comprar, vender o emplear armas de fuego, municiones, y explosivos, expedidos por las autoridades del Ejército Nacional, a individuos o compañías de la República.”
Dado en el Palacio del Ejecutivo, en Santo Domingo, Capital de la República Dominicana a los Catorce (14) días del mes de Enero del Año Mil Novecientos Treinta y Dos.
RAFAEL L. TRUJILLO, Presidente de la República.
Refrendado: Rafael Vidal, Secretario de Estado de la Presidencia.
Refrendado: Lic. Jacinto B. Peynado, Secretario de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina.
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