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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1195

CONCEDER LA INCORPORACION A LA SOCIEDAD DENOMINADA "CENTRO DE DEPENDIENTES DE SANTO DOMINGO"

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 oct de 1929fecha
Otrostipo
G. O. 4147Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
HORACIO VASQUEZ, Presidente de la República Dominicana. G. O. No. 4147 NUMERO 1195. Visto el expediente encaminado a la Secretaría de Estado de Justicia e Instrucción Pública en fecha 9 de Octubre del corriente año por el señor C. Campa, en su calidad de Presidente de la Sociedad denominada "Centro de Dependientes de Santo Domingo", asociación que tiene por objeto el recreo, la protección mutua entre sus miembros, la difusión de la cultura entre los mismos y la fundación de un sanatorio médico, domiciliada en [domicilio omitido]; Considerando que dicha solicitud es regular en la forma, por venir acompañada de los documentos requeridos por la ley y estar suscrita por el funcionario de la asociación capacitado, según sus estatutos, para representarla; Considerando que del examen de dichos estatutos resulta que la expresada asociación, reune las condiciones exigidas por la ley para su incorporación; En virtud de lo que dispone el artículo 4o. de la ley sobre asociaciones que no tienen por objeto un beneficio pecuniario y oído el parecer del Secretario de Estado de Justicia e Instrucción Pública, DECRETA: 1.— Conceder la incorporación a la sociedad denominada "Centro de Dependientes de Santo Domingo", fundada el 28 de Julio del corriente año y domiciliada en [domicilio omitido]. 2.— Archivar el mencionado expediente en la Secretaría de Estado de Justicia e Instrucción Pública, previa comunicación y envío de las copias certificadas correspondientes al peticionario y ordenación de la publicación del presente Decreto en la Gaceta Oficial. Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los 18 días del mes de Octubre de mil novecientos veintinueve; años 86o. de la Independencia y 67o. de la Restauración. HORACIO VASQUEZ, Presidente de la República. Refrendado: Luis Ginebra, Secretario de Estado de la Presidencia. Refrendado: Lic. Elías Brache hijo, Secretario de Estado de Justicia e Instrucción Pública.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona