Texto de la norma
GENERAL RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA,
Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 2.
En virtud de los poderes constitucionales de que estoy investido,
DECRETO:
Art. 1.— Los siguientes Oficiales pertenecientes al Cuerpo de Ayudantes del Presidente de la República prestarán servicio permanente con el Vicepresidente, Licenciado Rafael Estrella Ureña hasta nueva orden:
a) Coronel Gustavo Estrella Ureña.
b) Mayor Tomás Estrella.
c) 1 Capitán.
d) 2 Tenientes Primeros.
e) 3 Tenientes Segundos.
Art. 2.— Estos oficiales se denominarán, mientras dure el servicio especial a que son asignados por el presente Decreto, Ayudantes del Vicepresidente de la República.
Art. 3.— Los siguientes oficiales prestarán servicio, con el Presidente de la República:
a) 1 Mayor.
b) 2 Capitanes.
c) 4 Tenientes Primeros.
d) 3 Tenientes Segundos.
El Mayor Manuel Emilio Castillo actuará como Coronel Jefe del Cuerpo de Ayudantes del Presidente de la República mientras el titular esté prestando sus servicios en la forma especificada anteriormente, y concurrirá como tal a todas las ceremonias, actos oficiales y de cualquier otro carácter a partir de la fecha del presente Decreto.
Art. 4.— Los oficiales que asistan a un acto cualquiera con el Presidente de la República deben tener presente que asisten en calidad de oficiales de servicio y no como invitados y que sólo podrán tomar parte en bailes, etc. cuando sean autorizados espontáneamente por el Presidente personalmente.
Dado en el Palacio del Ejecutivo, en Santo Domingo, Capital
de la República, a los veintiún días del mes de Agosto del año mil novecientos treinta.
RAFAEL L. TRUJILLO,
Presidente de la República.
Refrendado:
Rafael Vidal,
Secretario de Estado de la
Presidencia.
Refrendado:
Gral. Antonio Jorge,
Secretario de Estado de Guerra
y Marina.
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