Texto de la norma
HORACIO VASQUEZ,
Presidente de la República Dominicana.
G. O. No. 4122.
Número 1171.
VISTO el expediente encaminado a la Secretaría de Estado de Justicia e Instrucción Pública en fecha 13 de junio del corriente año por la Señorita Lic. Consuelo González S., en su calidad de Presidente del "Club Nosotras", asociación recreativa e instructiva domiciliada en [domicilio omitido];
ATENDIENDO a que dicha solicitud es regular en la forma, por venir acompañada de los documentos requeridos por la ley y estar suscrita por el funcionario de la asociación capacitado, según sus estatutos, para gestionar su incorporación;
ATENDIENDO a que del examen de dichos estatutos resulta que la expresada asociación reune las condiciones exigidas por la ley.
En virtud de lo que dispone el artículo 4o. de la Ley sobre asociaciones que no tienen por objeto un beneficio pecuniario y oído el parecer del Secretario de Estado de Justicia de Instrucción Pública,
DECRETO:
1. Conceder la incorporación al "Club Nosotras", sociedad recreativa e instructiva fundada el 14 de Julio de 1927 y domiciliada en [domicilio omitido].
2.— Archivar el mencionado expediente en la citada Secretaría de Estado, previa comunicación y envío de las copias certificadas correspondientes al peticionario y publicación del presente Decreto en la Gaceta Oficial.
Dado en San José de las Matas, República Dominicana, resi-
dencia accidental, a los seis días del mes de julio del año mil nove- cientos veintinueve.
HORACIO VASQUEZ, Presidente de la República.
Refrendado:
Luis Ginebra, Secretario de Estado de la Presidencia.
Refrendado:
Elias Brache hijo, Secretario de Estado de Justicia e Instrucción Pública.
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