Texto de la norma
GENERAL RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA,
Presidente de la República Dominicana.
NUMERO 569.
VISTO el expediente encaminado a la Procuraduría General de la República, de fecha 1º de Noviembre corriente, por la cual el Señor Eurípides Montás, en su calidad de Presidente del "Casino Unión Inc.", asociación recreativa y cultural domiciliada en la ciudad de Salvaleón de Higüey, solicita sean aceptadas las modificaciones introducidas en el texto íntegro de sus estatutos generales, por la Asamblea Revisora de fecha 15 del mes de Octubre del corriente año, y declare vigente los nuevos estatutos de la misma fecha;
CONSIDERANDO: que dicha solicitud es regular por venir acompañada de los documentos requeridos por la Ley y estar suscrita por el funcionario de la asociación capacitado según sus estatutos para hacerla;
CONSIDERANDO: que del exámen de dichos estatutos resulta que ellos están acorde con la Ley;
En virtud de lo que dispone la Ley sobre asociaciones que no tienen por objeto un beneficio pecuniario (Ord. Ej. No. 520),
DECRETO:
Art. 1.- Aceptar las modificaciones introducidas en el texto íntegro de los estatutos generales del "Casino Unión Inc." del domicilio de Higüey, por la Asamblea Revisora de fecha 15 de Octubre del corriente año, y declarar vigente los nuevos estatutos de la mencionada asociación recreativa y cultural votados en la misma fecha.
Art. 2.- Archivar el mencionado expediente en la Procuraduría General de la República, previa comunicación y envío de las copias certificadas al solicitante y publicación del presente Decreto en la Gaceta Oficial.
DADO en San José de las Matas, Residencia Accidental del Poder Ejecutivo, a los diez días del mes de Noviembre del mil novecientos treinta y dos.
RAFAEL L. TRUJILLO,
Presidente de la República.
Refrendado:
Jacinto B. Peynado,
Secretario de Estado de la
Presidencia.
Refrendado:
Lic. Ramón O. Lovatón,
Procurador General de la República.
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