Núm. 1960.—DECRETO del P. E. habilitando el puerto de Barahona á la importación y exportación..
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Fernando A. de Meriño, Presidente de la República.
Considerando: que en fecha doce del corriente se ha erigido á Baráhona como cabecera del distrito marítimo de este nombre, asimilándola en lo económico con los distritos de Samaná y Monte Cristy.
Oido el Consejo de Secretarios de Estado, y en virtud de las facultades de que estoy investido,
DECRETO:
Art. 1º Se habilita el puerto de Barahona para el comercio de importación y exportación.
Art. 2º El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio queda encargado de cumplimentar este decreto.
Dado en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, á los 12 días del mes de Setiembre de 1881, año 38 de la Independencia y 19 de la Restauración.—Fernando A. de Meriño.—Refrendado: El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio, R. R. Boscowitz.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona