Texto de la norma
Horacio Vásquez Presidente de la República Dominicana. G. O. No. 3890.
NUMERO 724.
Visto el expediente encaminado a la Secretaría de Estado de Justicia e Instrucción Pública, por el cual el señor Manuel María Santana P., en su calidad de Presidente del "Club Porvenir", del domicilio de Bonao, Provincia de La Vega, solicita la aprobación de los cambios introducidos en el articulado de los estatutos de dicha asociación;
Considerando que dicha solicitud es regular en la forma por venir acompañada de los documentos requeridos por la ley y estar suscrita por el funcionario de la asociación capacitado por sus estatutos para presentarla;
Considerando que las reformas cuya aprobación se demanda no alteran en manera alguna las condiciones que debe reunir toda asociación incorporada;
Considerando que la asociación denominada "Club Porvenir" fué incorporada por virtud del Decreto No. 400, expedido por el Poder Ejecutivo en fecha 14 de Mayo de 1926 y publicado en la Gaceta Oficial No. 3760, del 16 de Junio del mismo año.
En virtud de lo que prescribe el Art. 4o. de la Ley sobre asociaciones que no tienen por objeto un beneficio pecuniario, ya citada, y oído el parecer del Secretario de Estado de Justicia e Instrucción Pública,
DECRETA:
1.-Aprobar las modificaciones introducidas por el "Club
Porvenir" en los artículos 6, 10, 15, 16, 26, 34, 35, 36, 37, 38, 53, 54, 56, 72, 85 y 94 de sus estatutos, así como los dos artículos agregados a los mismos, por virtud de los acuerdos tomados en la sesión extraordinaria de la Asamblea General celebrada en fecha 21 de Enero del corriente año.
2.-Archivar el mencionado expediente en la Secretaría de Estado de Justicia e Instrucción Pública, previa comunicación al peticionario y publicación del presente Decreto en la Gaceta Oficial.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los 18 días del mes de Agosto de mil novecientos veintisiete; años 840. de la Independencia y 650. de la Restauración.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.