Horacio Vásquez
Presidente de la República Dominicana.
G. O. No. 3872.
NUMERO 718.
En uso de las facultades que me confiere la Constitución del Estado,
DECRETO:
Art. 1.-Por ser domingo el día 3 de Julio próximo venidero se transfiere para el 6 del mismo mes la celebración del Duelo Nacional.
Art. 2.- Todos los años en que el día 3 de Julio sea festivo, los actos que se acostumbran celebrar con motivo del Duelo Nacional, se llevarán a cabo el día 6.
Art. 3.-La Secretaría de Estado de lo Interior Policía, Guerra y Marina dictará las medidas que sean necesarias para la ejecución de este Decreto.
Dado en la Mansión Presidencial, en la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del
mes de Junio del año mil novecientos veintisiete, años 84o. de la Independencia y 64o. de la Restauración.
HORACIO VASQUEZ.
Presidente de la República.
Refrendado:
Luis Ginebra,
Secretario de E. de lo Interior,
Policía, Guerra y Marina.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona