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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 634

DECLARA DE VACACIONES PARA TODAS LAS OFICINAS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA LOS DIAS 5, 6 Y 7 DEL PRO...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 abr de 1927fecha
Otrostipo
G. O. 3853Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Horacio Vásquez Presidente de la República Dominicana. G. O. No. 3853. NUMERO 634. Considerando: Que el día 5 del mes de Mayo entrante ha sido fijado para la apertura de la Exposición Nacional, que será celebrada en Santiago de los Caballeros; Considerando: Que el Gobierno debe allanar obstáculos para que la concurrencia de personas a la Exposición en referencia contribuya eficazmente al mayor auge de la misma; En uso de las facultades que me acuerda el párrafo 3 del Artículo 49 de la Constitución, DECRETO: Artículo 1o.-Se declaran de vacaciones para todas las Oficinas de la Administración Pública los días 5, 6 y 7 del próximo mes de Mayo a fin de que los funcionarios y empleados de las mismas puedan asistir a la Exposición Nacional pre-indicada. §.- Queda a cargo de los diferentes Jefes de Oficinas aplicar este Decreto sin que se interrumpan aquellos servicios indispensables para la marcha regular de la Administración Pública. Dado en la Mansión Presidencial, en la Ciudad de Santo Do- mingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitres días del mes de Abril del año mil novecientos veintisiete. HORACIO VASQUEZ, Presidente de la República. Refrendado: Luis Ginebra, Secretario de Estado de lo Interior, Policía, Guerra y Marina. Refrendado: Rafael Aug. Sánchez, Secretario de E. de Relaciones Exteriores. Refrendado: M. Martín de Moya, Secretario de Estado de Hacienda y Comercio. Refrendado: Lic. Elías Brache hijo, Secretario de E. de Justicia é Instrucción Pública. Refrendado: Rafael A. Espaillat, Secretario de Estado de Agricultura e Inmigración. Refrendado: Andrés Pastoriza, Secretario de E. de Fomento y Comunicaciones. Refrendado: P. A. Ricart, Secretario de Estado de Sanidad y Beneficencia. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República. HA DADO LA SIGUIENTE LEY: G. O. No. 3854. NUMERO 635. Art. Unico:— Se vota la suma de $1,500.00 (Mil Quinientos

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona