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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 592

DEL P. E. DECLARANDO FUERA DE LA LEY AL CORONEL MATIAS DE VARGAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 may de 1859fecha
Otrostipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 592.-DECRETO del P. E. declarando fuera de la ley al coronel Matias de Vargas. Dios, Patria y Libertad.-República Dominicana.-Antonio Abad Alfau, general de division, Vice-Presidente de la República, y Encargado del Poder Ejecutivo. Considerando: que segun aparece de la causa que actualmente se sigue en la ciudad de Azua, el coronel Matias de Vargas era uno de los que estaban a la cabeza del atentado que tenía por objeto asesinar al General Libertador, Presidente de la República, durante su visita en aquella Provincia, y levantar el estandarte de una conspiracion, excitando los ciudadanos unos contra otros y establecer nuevamente la guerra civil en el pais: que por las muy asertadas disposiciones tomadas por las autoridades de aquel lugar, semejantes proyectos fueron impedidos y arrestados los individuos en oportunidad: que no obstante las medidas de seguridad adoptadas, el coronel Matias de Vargas hubo de fugar en la madrugada del 8 del corriente. Considerando éste como reo de Estado, en uso de las facultades que me confiere la Constitucion, en su art. 35, 22º. inciso, y de acuerdo con el Senado Consultor, HE VENIDO EN DECRETAR Y DECRETO: Art. 1º. El prevenido coronel Matias de Vargas queda declarado fuera de la ley. Art. 2º. Todo individuo que acojiere en su casa al mencionado Matias de Vargas, favoreciendo su escondite ó facilitando su fuga, será considerado cómplice del mismo crímen, juzgado y castigado con las penas que establecen las leyes para los autores principales del crímen. Del mismo modo será considerado todo aquel que, teniendo noticias de su paradero, no tratare de apresarlo si pudiere, ó de nó denunciarlo á la autoridad competente para su captura. Art. 3º. Los Gobernadores Políticos, Comandantes de armas y demas oficiales y agentes de la fuerza pública, están encargados de la ejecucion del presente decreto, el cual será impreso, publicado y fijado á diligencia del Ministro de lo Interior y Policía. Dado en el Palacio de Gobierno de Santo Domingo, á los 11 dias del mes de Mayo de 1859, y 16º. de la Patria.-A. Alfau.-Refrendado: El Ministro del Interior, Policía y Agricultura, Domingo de la Rocha.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona