miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 554

DEL P. E. MOVILIZANDO LAS GUARDIAS NACIONALES DE TODA LA REPUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 ago de 1858fecha
Otrostipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 554.—DECRETO del P. E. movilizando las guardias nacionales de toda la República. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—José Desiderio Valverde, Presidente de la República. En uso de las facultades que me concede la tribucion 5ª del atrículo 84 de la Constitucion, y con el fin de someter á la obediencia legítima la faccion levantada en Santo Domingo contra la Constitucion del Estado. Oido el dictámen del Consejo de los Secretarios de Estado, HE VENIDO EN DECRETAR Y DECRETO: Art. 1º Queda movizada la guardia nacional de la República, y los Comandantes de armas harán notificar el presente decreto á los alcaldes pedáneos, inspectores de agricultura, coroneles de regimientos, gefes de batallones y capitales de compañías, para que éstos á su turno lo hagan saber á los habitantes de las secciones á que pertenezcan. Art. 2º Inmediatamente sea comunicado el presente decreto á los coroneles, comandantes de cuerpos y á los alcaldes pedáneos, los primeros expedirán sus órdenes perentorias para que se regularicen las listas de compañías de sus respectivas ó batallones; y los últimos formarán una de todos los hombres útiles de su seccion, y ámbas autoridades pasarán copias á los Gobernadores de Departamentos, Gefes Políticos ó Comandantes de armas, y éstos las trasmitirán al Ministro de la Gobernacion. Art. 3º Los empleados públicos de que trata el artículo 1º, son responsables de su fiel y puntual cumplimiento en la ejecucion de este decreto: toda negligencia será reputada como desobediencia, y el autor ó autores remitidos a la Capital, para ser juzgados por el Consejo de guerra permanente. Dado en el Palacio de Gobierno de Santiago de los Caballeros, á los 8 dias del mes de Agosto de 1858, año 15º de la Patria y 2º de la Libertad.—El Presidente de la República, José D. Valverde.—Refrendado por el Ministro de la Gobernacion, Domingo D. Pichardo.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona