miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 588

DEL S. C. DICTANDO REGLAS PARA LA PERCEPCION DE LOS DERECHOS DE PUERTOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 abr de 1859fecha
Otrostipo
Senado Consultorórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 588.—DECRETO del S. C. dictando reglas para la percepcion de los derechos de puerto. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Senado Consultor, en nombre de la República, y prévia la declaratoria de urgencia. Considerando: que no siendo igual en todos los paises la medida de capacidad que regula el porte ó carga de las naves, ó sea la tonelada; pues en unos se calcula ésta por peso, mientras que en otros se hace por pies cúbicos; y cobrándose en las administraciones de la República, los derechos de puerto &c. por una cada nave, resulta de aquí una notable diferencia en la percepcion de aquellos derechos, con detrimento no solo del fisco, sino aun de muchos de los pabellones que frecuentan nuestros puertos; cuyo inconveniente es de necesidad obviar por medio de una providencia justa y oportuna; DECRETA: Art. 1º. Hasta que la ley otra cosa determine, se ceñirán las administraciones de la República para la percepcion de todos los derechos de puerto, toneladas &c., a la regla siguiente: Las naves Bremesas y Oldemburguesas, si no tuvieren carta de arqueo de Inglaterra, pagarán a razon de dos toneladas por cada "last" de comercio.—Las naves Hamburguesas, Dinamarquesas, Prusianas, Hanoverianas y Meclemburguesas, que se hallaren desprovistas de la mencionada carta de arqueo, pagarán á razon de tres toneladas por cada "last". Art. 2º. El presente decreto deroga toda otra disposicion que le sea contraria, y será remitido al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales. Dado en el Palacio del Senado, en Santo Domingo, Capital de la República, á los 15 dias del mes de Abril de 1859, y 16º. de la Patria.—El Presidente del Senado, M. J. Delmonte.—Pedro P. de Bonilla, Secretario. Ejecútese, publíquese y circule en el territorio de la República para su puntual observancia. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo á los 16 dias del mes de Abril de 1859, y 16º. de la Patria.—El Vice-Presidente de la República, Encargado del Poder Ejecutivo.—A. Alfau.—Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio, José M. Perdomo.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona