miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 585

DEL S. C. ACORDANDO UN VOTO DE GRACIA AL SR. DON RAFAEL MARIA BARALT

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 mar de 1859fecha
Otrostipo
Senado Consultorórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 585.—DECRETO del S. C. acordando un voto de gracia al Sr. Don Rafael Maria Baralt. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Senado Consultor, en nombre de la República, ha dado el siguiente decreto. Atendiendo: A que segun es notorio, y consta ademas en la Memoria dirijida por el Secretario encargado de las Relaciones Exteriores á S. E. el General Libertador, el 30 de Diciembre del año espirado, Don Rafael Maria Baralt, Ministro Plenipotenciario que ha sido de la República, en Madrid, ha prestado al Estado y su Gobierno, servicios tan importantes como la celebracion del Tratado Domínico-Hispano, y la consiguiente aclaracion de su art. 7º. por parte del Gobierno de S. M. C. Atendiendo: A que con el Tratado referido obtuvo Don Rafael Maria Baralt, no solo el objeto primordial de la política dominicana, cual era el de regularizar y legalizar la existencia de la República en la comunion de las demas Naciones independientes sino un fin que hasta entonces se habia negado á las mas vivas, repetidas y costosas instancias del Gobierno Dominicano. Atendiendo: A que así en la celebracion del Tratado Domínico-Hispano, como en las gestiones hechas para obtener del Gobierno de S. M. C. la aclaracion relativa al art. 7º. del mismo, y generalmente en todos los pasos dados con el carácter de Ministro Plenipotenciario de la República, Don Rafael Maria Baralt procedió con extricta y religiosa sujecion á las instrucciones del Gobierno Dominicano. Considerando: que éstos y otros servicios eminentes, prestados á la República por Don Rafael Maria Baralt, no han sido remunerados como correspondía, no obstante la buena voluntad y gratitud del Gobierno Dominicano. Considerando: que al desconocer el ex-Presidente Baez la eficacia de la interpretacion dada por el Gobierno de S. M. C., al art. 7º. del Tratado Domínico-Hispano, al continuar autorizando y aun promoviendo la matriculacion abusiva de los dominicanos como súbditos españoles, y al separar á Don Rafael Maria Baralt de un puesto que este Sr. había honrado con su conducta y sus actos marcados, todos con el sello del desinterés, de la lealtad y de la mas rara nobleza, obró Baez aconsejado únicamente por una ciega ambicion privada, olvidando los deberes de su cargo, y queriendo vengar en nuestro Ministro Plenipotenciario en España, el agravio de haber obtenido estipulaciones que frustraban sus designios. Considerando por último: que semejante conducta en el que fué Presidente de la República Dominicana, hace indispensable, en éste como en todos los demas actos de su especie, un correctivo, que desagravie la moral, restablezca la justicia, dé satisfaccion á los intereses ofendidos, y restaure el decoro, el buen nombre y la dignidad de la República, DECRETA: Art. 1º. Don Rafael Maria Baralt, ha merecido bien de la Patria. Art. 2º. En nombre de la República se le dá un voto de gracias. Dado en el Palacio del Senado en Santo Domingo, Capital de la República, á los nueve dias del mes de Marzo de 1859, y 16º. de la Patria.—El Presidente del Senado, Manuel J. Delmonte.—El Secretario, Pedro P. de Bonilla. Ejecútese, publíquese y circule en el territorio de la República. Dado en el Palacio de Gobierno de Santo Domingo el 12 de Marzo de 1859, y 16º. de la Patria.—Santana.—Por S. E. el Presidente de la República, El Ministro de Relaciones Exteriores, Miguel Lavastida.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona