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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 539

DEL C. C. SOBRE CAMBIO DE PAPEL-MONEDA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 mar de 1858fecha
Otrostipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 539.—DECRETO del C. C. sobre cambio de papel-moneda. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Soberano Congreso Constituyente, declarada la urgencia. Considerando: que la manera establecida para fijar el cambio del papel moneda con relacion al peso fuerte de cien centavos, presenta el inconveniente de no ser uniforme en toda la República. HA VENIDO EN DECRETAR Y DECRETA: Art 1º. El precio del cambio del papel-moneda se establecerá cada tres meses, tomándose por base el peso de cien centavos fuertes. Art. 2º. Esta operacion se hará por la Cámara de Cuentas, y el precio del cambio que se fije servirá de base en toda la República para el pago y cobro de las administraciones de hacienda y demas oficinas públicas. Art. 3º. El presente decreto deroga toda disposicion que le sea contraria, y será enviada al Poder Ejecutivo para su promulgacion y ejecucion. Dado en la sala de sesiones del Soberano Congreso Constituyente, en la heróica villa de Moca, á 6 de Marzo de 1858, año 15º. de la Patria y 1o. de la Libertad.—El Presidente del Congreso, Toribio L. Villanueva.—Los Secretarios: Fauleau.—Pedro Bernal. Ejecútese, comuníquese y publíquese en todo el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santiago de los Caballeros, Capital de la República, á los 11 dias del mes de Marzo de 1858, año 15º. de la Patria y 1o. de la Libertad.—El Presidente, José D. Valverde.—Refrendado por el Secretario de la Gobernacion, encargado del de Hacienda, Domingo D. Pichardo.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona