Texto de la norma
Núm. 502.-DECRETO del P. E. mandando someter á juicio á los propagandistas.
Dios, Patria y Libertad.-República Dominicana.-Buena- ventura Baez, Presidente de la República.
Considerando: Que hay personas que en las conmociones po- líticas, en vez de presentarse con las armas en la mano, adoptan el sistema hostil de la propaganda, ya desvirtuando los hechos, ya esparciendo noticias alarmantes de pura invencion para tur- bar los ánimos y entibiar el ardor del ejército leal,
DECRETA:
Art. 1º. Toda persona, de cualquier sexo ó edad, que se ocupe en lo sucesivo de sujerir ideas alarmantes, propalar noticias fal- sas ó de sostener diálogos con los soldados del ejército y conciu- dadanos, sobre los sucesos actuales, tendentes á entorpecer la marcha ó contrariar las órdenes del Gobierno, será considerado como conspirador, capturado por la autoridad competente y so- metido al juicio previsto por la ley de la materia.
Art. 2º. Todas las autoridades civiles y militares están obligadas á supervigilar á los propagandistas, y á reprimirles sin pérdida de tiempo.
Art. 3º. El presente decreto abroga toda otra disposicion que le sea contraria.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo á los 23 dias del mes de Julio de 1857, y 14º. de la Patria.-Buenaventura Baez.-Refrendado: El Ministro de lo Interior, Policía y Agri- cultura.-Pedro A. Bobea.
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