Texto de la norma
Núm. 383.—DECRETO del S. C. aprobando el Tratado celebrado entre la República y S M. Católica. (1).
Dios, Partia y Libertad.—República Dominicana.—El Senado Consultor.
Visto y examinado el Tratado de reconocimiento, amistad comercio, navegacion y extradicion, celebrado y concluido en Madrid a 18 de Febrero del presente año, entre S. M. C. la Reina de
(1) V. núm. 377.
España y la República Dominicana, por medio de sus Plenipotenciarios respectivos, á saber:
Por parte de S. M. C., Don Claudio Anton de Luzuriaga, primer Secretario de Estado; y por la República, Don Rafael Maria Baralt, Comendador de la Real y distinguida órden de Cárlos Tercero, é individuo de número de la Real Academia Española, dirijido al Senado Consultor por el Ministro Secretario de Estado encargado del Despacho de Relaciones Exteriores, con oficio fecha 27 de los corrientes, para los fines que expresa el Pacto fundamental.
Considerando: que por el referido Tratado se reconoce de una manera satisfactoria la Soberanía é Independencia de la Nacion, y se establecen de una manera sólida y permanente las buenas relaciones de amistad y conveniencia recíproca de comercio y navegacion.
El Senado Consultor, en nombre de la República Dominicana, y en virtud de la 9a. atribucion del art. 26 de la Constitucion,
DECRETA:
Que presta su consentimiento al referido Tratado, estimándolo útil y ventajoso, sin tener que hacerle ninguna observacion.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los demas fines á que haya lugar.
Dado en Santo Domingo á treinta de Abril de mil ochocientos cincuenta y cinco, y 12 de la Patria.—El Presidente del Senado Consultor.—Bobadilla.—El Secretario.—Felipe Perdomo.
Ejecútese, publíquese y circule en el territorio de la República.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo el dos de Mayo de 1855, y 12 de la Patria.—El Vice-Presidente de la República, Encargado del Poder Ejecutivo.—Manuel de R. Mota.—Refrendado: Por S. E. el Encargado del Poder Ejecutivo, el Ministro de Relaciones Exteriores.—J. N. Tejera.
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