Texto de la norma
HORACIO VASQUEZ
Presidente de la República Dominicana.
G. O. No. 3723.
NUMERO 280.
En ejercicio de mis atribuciones constitucionales.
VISTO el expediente elevado a la Secretaría de Estado de Fomento y Comunicaciones por el Gobernador de la Provincia del Seybo, en el cual consta que en fecha 28 de Setiembre de 1925 el señor Raoul Etienne, domiciliado en [domicilio omitido], en representación de la Société Franco-Dominicaine de Manganese, sociedad civil, organizada de acuerdo con las leyes francesas, con su asiento social en París (Francia) y con domicilio en [domicilio omitido], la cual contiene manganeso en distintas formas geológicas en terrenos comuneros de Hatillo, Las Matas, Serrezuela, Magarín, Cibahuete, Palo Hincado, Lebrón y otros de particulares, secciones de los mismos nombres, comunes de Hato Mayor y Seybo, Provincia del Seybo, terrenos que abarcan una extensión superficial de veintitrés mil setecientas hectáreas y se hallan comprendidos dentro de los siguientes límites: Partiendo del punto A. indicado en un plano adjunto, en el poste kilómetro 105 de la Carretera "Mella", tramo comprendido entre Hato Mayor y el Seybo, Norte franco 7 kilómetros hasta el punto B; Sur 80 grados al Este 20 kilómetros hasta el punto C.; Sur franco 5 kilómetros hasta el punto D.; en el poste kilométrico 125; Sur franco 7 kilómetros hasta el punto E.; Norte 80 grados al Oeste 20 kilómetros hasta el punto F. y Norte franco 5 kilómetros hasta el punto de partida:
ATENDIENDO. a que del exámen de dicho expediente resulta que se han llenados todas las formalidades requeridas al efecto por la Ley y el Reglamento de la materia, no existiendo ningún impedimento legal al otorgamiento de la concesión de mina que se solicita.
En uso de las facultades que me confiere la Constitución del Estado y en virtud del artículo 4o. de la Ley de Minas del 8 de Junio de 1910 en vigor,
DECRETO:
ART. UNICO:—Conceder, como por la presente concedo, Título de Pertenencia a la Société Franco-Dominicaine de Manganese" para explotar la mina por ella solicitada y denominada
"LORAINE", cuyos límites quedan determinados anteriormente, debiendo dicha Sociedad o quien sus derechos hubiere o representare, sujetarse en todo a la Ley y Reglamento de Mina vigentes para los efectos de esta Concesión.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República, a los veinticuatro días del mes de Noviembre del año 1925.
HORACIO VASQUEZ, Presidente de la República.
Refrendado:
Andrés Pastoriza, Secretario de Estado de Fomento y Comunicaciones.
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