Texto de la norma
Núm. 1094. DECRETO del P. E. prorrogando por un año mas el plazo acordado al señor Sully Du-Breil, para las concesiones del 23 de Abril y 29 de Agosto del año en curso.
Dios, Patria y Libertad. República Dominicana. José María Cabral, Presidente de la República.
Atendiendo: á que en virtud de las concesiones hechas al señor Sully Du-Breil, con fecha 23 de Abril y 29 de Agosto pasados, para la canalizacion del rio Yuna y sus tributarios la una; y la otra para la apertura de un camino carretero desde ls márgenes de dicho rio hasta la ciudad de Santiago, se fija un plazo de seis meses en la primera, y de veinte en la segunda, á fin de que se dé principio á los trabajos de ámbas empresas.
Considerando: que á juicio del Gobierno, dicho plazo no es racionalmente bastante para dar principio á dichos trabajos, toda vez que las citadas empresas son de una considerable magnitud.
Considerando: que el señor Sully Du-Breil se verá en el caso de privar al país de los beneficios que prometen dichas obras desistiendo de ellas, si no se le concede la prolongacion del término ántes fijado.
Oido el parecer del Consejo de Secretarios de Estado y de conformidad,
DECRETO:
Art. único. Se amplía hasta el término de un año mas, el plazo que se ha señalado en las concesiones otorgadas al señor Sully Du Breil, para la canalizacion del Yuna, y para la apertura de la carretera desde las márgenes de este rio, hasta la ciudad de Santiago. (1).
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo á los 14 dias del mes de Diciembre de 1867, año 24 de la Independencia y 5º. de la Restauracion. José María Cabral. Refrendado: el Ministro de lo Interior y Policía, Apolinar de Castro.
(1) V. núms. 1021 y 1075.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.