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Decreto

Decreto 1042

DECRETO del C. N. prestando consentimiento y aprobacion al Tratado de paz, amistad, comercio, navegacion y extradicion, concluido entre la República Dominicana y los Estados Unidos de América

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 may de 1867fecha
Extradicióntipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 1042.-(*) DECRETO del C. N. prestando consentimiento y aprobacion al Tratado de paz, amistad, comercio, navegacion y extradicion, concluido entre la República Dominicana y los Estados Unidos de América. Dios, Patria y Libertad.-República Dominicana.-El Congreso Nacional. Visto y examinado el Tratado de paz, amistad, comercio, navegacion y extradicion, concluido entre la República Dominicana y los Estados Unidos de América, firmado y sellado en esta Capital el dia 8 de Febrero del presente año, por los Plenipotenciarios de ambas naciones debidamente autorizados por sus respectivos Gobiernos.-En nombre de la República, DECRETA: Art. 1º. El Congreso Nacional de la República Dominicana presta su consentimiento y aprobacion al Tratado de paz, amistad, comercio, navegacion y extradicion, celebrado entre los Plenipotenciarios, ciudadanos José Gabriel García, Secretario de Estado en el Despacho de Hacienda, por la República Dominicana; y el señor John Somers Smith, Agente comercial de los Estados Unidos en Santo Domingo, por la República de los Estados Unidos de América. Art. 2º. El presente Tratado tendrá fuerza de ley en la República, tan luego como se verifique su ratificacion y canje. (1). Dado en Santo Domingo, Capital de la República, á los 16 dias del mes de Mayo de 1867, año 24 de la Independencia y 4º. de la Restauracion.-El Presidente, Juan Bautista Záfra.-Los Secretarios: Olegario Perez y Juan B. Morel. Los Secretarios de Estado, encargados del Poder Ejecutivo.-Ejecútese, comuníquese por la Secretaría correspondiente, publicándose en el territorio de la República para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 24 dias del mes de Mayo de 1877, 24 de la Independencia y 4º. de la Restauracion.-El Ministro de lo In- (1) V. Ratificacion de dicho Tratado, fecha 20 de Julio del presente año. terior y Policia, encargado de la Cartera de Justicia, Apolinar de Castro. El Ministro de Hacienda y Comercio, P. Pujol. El Ministro de Guerra y Marina, J. E. Aybar.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona