Núm. 3466. DECRETO del P. E. fijando el peso máximo de los quesos de bola y el ancho de los driles que se importen en la República.
Dios, Patria y Libertad. República Dominicana. Ulises Heureaux. General de División en Jefe del Ejército Nacional, Pacificador de la Patria y Presidente Constitucional de la República.
Considerando: Que habiendo el comercio aumentado el tamaño ordinario que hasta ahora han tenido los quesos de bola que se introducen en la República, como también el ancho de los driles en general, todo lo cual perjudica notablemente los intereses fiscales, en cuya virtud debe el Poder Ejecutivo tomar providencias que pongan los ingresos de la Nación al abrigo de especulaciones de mala ley;
Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado,
DECRETA:
Art. 1º Se fija como peso máximo á los quesos de bola que se importen de hoy en adelante en la República, el de 3 1/2 libras inglesas, bien sean que se introduzcan en cajas ó latas; y aquellos que excedan este peso pagarán por quintal en proporción al derecho establecido á dicho artículo por docena.
Art. 2º Para el aforo correspondiente, se fija el ancho de todos los driles en general hasta 30 pulgadas; y á aquellos que se importen con mayor ancho se les establecerá el aforo que en la proporción relativa al mayor ancho que contengan, les corresponda conforme á la ley de arancel en vigor.
Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 26 días del mes de Octubre de 1894; año 51 de la Independencia y 32 de la Restauración.
U. HEUREAUX.
Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio.—Rivas.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona