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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 467

DEL S. C. AMPLIANDO LA AUTORIZACION ACORDADA EL P. E. PARA EMITIR PAPEL MONEDA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 may de 1857fecha
Otrostipo
Senado Consultorórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 467.-DECRETO del S. C. ampliando la autorizacion acordada al P. E. para emitir papel-moneda. Dios, Patria y Libertad.-República Dominicana.-El Senado Consultor, prévia la declaratoria de urgencia. Considerando: que siendo altamente apreciado el pensamiento del Gobierno expresado en el mensaje de S. E. el Presidente de la República, el 13 de Abril último. Que no bastan los cuatro millones de pesos nacionales mandados á emitir con el fin de evitar los perjuicios irrogables á la agricultura, segun se ha querido prevenir por el decreto de 20 de abril último. (1). En nombre de la República Dominicana, DECRETA: Art. 1º. La autorizacion que se ha dado al Presidente de la República para emitir cuatro millones de pesos nacionales para el objeto indicado, se amplia y extiende a las sumas que á su juicio basten para evitar pérdidas á nuestros agricultores, bajo la precisa condicion que todo el papel-moneda que se emitiere ha de retirarse de la circulacion en el término previsto en el anterior decreto. Art. 2º. Esta autorizacion se tendrá reservada hasta el dia en que con arreglo al decreto anterior sobre la materia se dé cuenta al Senado. Art. 3º. El presente decreto será enviado al Poder Ejecutivo para los fines indicados y conforme á lo prescrito por la Constitucion. Dado en el Palacio del Senado Consultor a los 2 dias del mes de Mayo de 1857, y 14º. de la Patria.-El Presidente del Senado,-J. B. Lovelace.-El Secretario.-Pedro T. Garrido. Ejecútese, publíquese y circule en el territorio de la República para su puntual observancia. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo á los 6 dias del mes de Mayo de 1857, y 14º. de la Patria.-Buenaventura Baez.-Refrendado: El Ministro de Guerra y Marina, encargado de la Cartera de Hacienda y Comercio.-J. E. Aybar. (1) V. núm. 462.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona