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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 463

DEL S. C. FACULTANDO AL P. E. A PRORROGAR LOS PLAZOS PARA EL PAGO DE LOS DERECHOS DE IMPORTACION

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 abr de 1857fecha
Otrostipo
Senado Consultorórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 463.—DECRETO del S. C. facultando al P. E. á prorrogar los plazos para el pago de los derechos de importacion. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Senado Consultor, declarada la urgencia. Considerando: que es altamente conveniente auxiliar al comercio nacional. En nombre de la República, DECRETA: Art. 1º. Se autoriza al Poder Ejecutivo para prorrogar los plazos fijados por la ley para el pago de los derechos de importacion. Art. 2º. El Poder Ejecutivo ejercerá esta autorizacion dictando disposiciones generales, precisa y terminantes, segun el valor de las sumas que se adeudaren. Art. 3º. El Poder Ejecutivo presentará al Senado, por el órgano del Ministerio correspondiente, en las sesiones ordinarias de 1858, un plan de hacienda en que esté incluida esta reforma y cualquiera otra que la experiencia haya dictado como conveniente. Art. 4º. El presente decreto será enviado al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales. Dado en el Palacio del Senado á los 15 dias del mes de Abril de 1857, y 14º. de la Patria.—El Presidente del Senado Consultor,—J. B. Lovelace.—El Secretario,—Pedro T. Garrido. Ejecútese, publíquese y circule en el territorio de la República para su puntual observancia. Dado en el Palacio de Gobierno á los 22 dias del mes de Abril de 1857, y 14º. de la Patria.—Buenaventura Baez.—Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio,—D. Coen.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona