Texto de la norma
Núm. 1369. - DECRETO de la Conv. N. aprobando el del P. E. de 5 de Octubre 1874 (1).
Dios, Patria y Libertad. - República Dominicana. - La Convencion Nacional.
Considerando: que la contratacion de empréstitos hechas sobre bases equitativas, es un elemento de prosperidad para la República, siempre que se apliquen á objetos de utilidad reconocida.
Visto el Mensaje del Jefe Supremo de la República y su decreto del 5 de Octubre último,
(1) V. núm. 1326.
HA VENIDO EN DECRETAR Y DECRETA:
Art. 1º Se aprueba el decreto del Poder Ejecutivo de la República del 5 de Octubre de 1874, que autoriza al Ministro de Hacienda á contratar en el extranjero uno ó mas empréstitos que den por resultado el ingreso en caja de tres millones de pesos.
Art. 2º El Poder Ejecutivo dará cuenta al Cuerpo Legislativo de las condiciones del empréstito, y éste le dará la aplicacion que mas convenga á la prosperidad de la República.
Dado en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, á los 31 dias del mes de Diciembre de 1874, año 31 de la Independencia y 12 de la Restauracion. El Presidente, Joaquin Montolio. Los Secretarios: A. Garrido. J. I. Qrtea.
Ejecútese, publíquese y circúlese en el territorio de la República para su puntual cumplimiento.
Dado en la Residencia del Ejecutivo á los 4 dias del mes de Enero de 1875, año 31 de la Independencia y 12 de la Restauracion. Ignacio M. González. Refrendado: El Secretario de Estado en los Despachos de Hacienda y Comercio, Francisco X. Amiama.
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