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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1341

DEL J. S. PROHIBIENDO LA IMPORTACION POR PARTICULARES, DE ARMAS Y PERTRECHOS DE GUERRA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 nov de 1874fecha
Otrostipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 1341. DECRETO del J. S. prohibiendo la importacion por particulares, de armas y pertrechos de guerra. Dios, Patria y Libertad. República Dominicana. Ignacio María González, Presidente de la República y, por la voluntad de los pueblos, encargado del Poder Supremo de la Nacion. Considerando: Que la importacion y libre venta de armas de guerra constituyen un peligro para el orden público, y puede ser de grave perjuicio para la tranquilidad del país. Considerando que la importacion de dichas armas puede dar márgen á abusos, cubriendo bajo apariencias de legalidad actos perjudiciales contra naciones amigas. En uso de las facultades de que estoy investido; y de acuerdo con el parecer del Consejo de Secretarios de Estado, DECRETO: Art. 1º Desde la promulgacion del presente decreto queda prohibida la importacion, por particulares, de armas y pertrechos de guerra que solo podrá importar el Estado. § Se exceptúan de esta medida las escopetas, los rewolvers y la pólvora destinada á la caza. Art. 2º Toda persona convicta de poseer algun depósito de armas de guerra, ó que vendiere armas prohibidas, será condenada á la confiscacion de dichas armas y á una prision que durará de tres meses á dos años. Art. 3º El presente decreto deroga toda ley, decreto ó disposicion que le sea contraria, y será ejecutado á diligencia de los Ministros de lo Interior y de Guerra en la parte que les corresponda. Dado en la ciudad de Santo Domingo á los 10 dias del mes de Noviembre de 1874, año 31 de la Independencia y 12 de la Restauracion.—Ignacio M. González.—Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía, Eliseo Grullon.—Refrendado: El Ministro de Guerra y Marina, Pablo L. Villanueva.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona