JUAN BAUTISTA VICINI BURGOS,
Presidente Provisional de la República Dominicana.
G. O. No. 3516.
NUMERO 171.
En virtud de los poderes de que estoy investido,
DECRETO:
1. Se agrega el siguiente párrafo al Artículo 120 de la Ley
Electoral:
"Cada Junta Municipal Electoral tan pronto como haya ter-
minado de verificar el escrutinio de las Mesas Electorales de su
Común, comunicará por teléfono o por telégrafo con el carácter
de urgente el resultado de dicho escrutinio al Presidente de la
Junta Central Electoral. En las comunes en donde no haya ofi-
cina telefónica o telegráfica, las Juntas Municipales Electorales
enviarán por un propio el correspondiente aviso al Presidente de
la Junta Central Electoral a la oficina telefónica o telegráfica
mas próxima para ser trasmitido desde allí."
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los tres
días del mes de Marzo del año mil novecientos veinticuatro.
J. B. VICINI BURGOS.
Refrendado:
Rafael Rincón,
Secretario de Estado de lo
Interior y Policía.
Refrendado:
J. Furcy Castellanos F.
Secretario de Estado de Justicia
é Instrucción Pública.
Refrendado:
J. Arismendi Rebiou,
Sub-Secretario de Estado de lo
Interior y Policía.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona