Núm. 1265.—DECRETO del G. P. suprimiendo el tribunal de comercio de Puerto Plata.
Dios, Patria y Libertad.— República Dominicana.—Ignacio María González, general de los ejércitos nacionales y Jefe Supremo de la República.
Considerando: que con el establecimiento del tribunal de primera instancia en el Distrito de Puerto Plata, se hace innecesario por ahora la existencia del tribunal de comercio.
En uso de las facultades que me están conferidas, y oido el Consejo de Secretarios de Estado,
DECRETO:
Art. único. Desde la publicacion de este decreto queda suprimido el tribunal de comercio, quedando a cargo del de primera instancia el ejercicio de esas funciones que por la ley están atribuidas á aquel.
§ Los pleitos que pendan ante dicho tribunal pasarán, en el estado que tengan, al de primera instancia que los continuará y fallará con arreglo á las leyes.
Dado en la Residencia del Ejecutivo a los 3 dias del mes de Marzo de 1874, año 31 de la Independencia y 11 de la Restauracion. Ignacio M. González. Refrendado: El Secretario de Estado en los Despachos de Justicia é Instruccion Pública, Carlos Nouel.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona