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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1242

DEL P. E. DECLARANDO EN ESTADO DE SITIO TODA LA REPUBLICA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 sept de 1873fecha
Declaratoria (interés, día, duelo)tipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 1242.—DECRETO del P. E. declarando en estado de sitio toda la República. (1) Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Buenaventura Baez, general de division, Gran Ciudadano y Presidente de la República. Oido el parecer unánime del Honorable Senado Consultor de la República. Considerando: que la presencia de un número de individuos (1) Derogado por D. del Gobierno Provisorio fecha 19 de Enero 1974. armados en la frontera Nor-Oeste teniendo por atrincheramiento y retirada segura el territorio de la vecina República, es una constante amenaza contra el órden, y seguridad del Estado, y exige medidas salvadoras para la garantía de la sociedad. Considerando: que la captura del prófugo general Manzueta y su séquito, en el momento preciso en que por sus propias declaraciones, traian la mision de levantar el Cotuy en combinacion con algunos rebeldes encubiertos, ha venido á revelar toda la trama, con la circunstancia de haberse realizado en parte sus predicciones, con la insurreccion que ha tenido lugar en la común de Guayubin. Visto el artículo 62 de la Constitucion y el inciso 22 del artículo 35 de la misma, DECRETO: Art. 1º Queda declarado en estado de sitio todo el territorio de la República Dominicana. Art. 2º Los Gobernadores de las provincias y distritos. y los generales comandantes en gefes, quedan autorizados plenamente para el nombramiento de los Consejos de guerra que no estuvieren instalados en el radio de su jurisdiccion. Art. 3º El presente decreto será impreso, publicado y ejecutado en todo el territorio de la República. Dado en la ciudad de Santo Domingo á los 8 dias del mes de Setiembre de 1873, año 30 de la Independencia, 11 de la Restauracion y 6º de la REGENERACION. El Presidente de la República, Buenaventura Baez. Refrendado: El Ministro de lo Interior y Policía, encargado de las Relaciones Exteriores, Manuel María Gautier. Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio, encargado de la Cartera de Guerra y Marina, Ricardo Curiel.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona